INDUSTRIA
UIA
Oct 15, 2020
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COVID19: se lograron cambios junto a la UIA en los criterios de población dispensada de asistir a la fábrica

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Gracias a una gestión que se hizo con la Unión Industrial Argentina, se consiguió que sólo queden incorporados como grupo de riesgo clase III (Obesidad mórbida, que generalmente ya están dispensados por tener enfermedades complementarias)

Comunicamos que gracias a una gestión iniciada junto a UIA, se logró que por Covid19 sólo queden incorporados como grupo de riesgo clase III (obesidad mórbida, que generalmente ya están dispensados por tener enfermedades complementarias). Es sabido que antes de esta gestión, estaba incorporada la Clase II, lo que venía provocando un porcentaje muy alto de dispensados en la mayoría de las empresas y fundamentalmente las del interior del país, en las que suele haber mayor problema de obesidad en los trabajadores.
 
Recordamos para su conocimiento cuáles son los criterios definidos por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS): el sobrepeso es un IMC igual o superior a 25 y la obesidad es un IMC igual o superior a 30 kg/m2. Asimismo, la OMS establece distintos grados de obesidad, que se clasifican en Clase I: IMC 30,0-34,9 kg/m2, Clase II: IMC 35,0-39,9 kg/m2 y Clase III: IMC > 40 kg/m2.